Culto Religioso y estado de derecho en tiempo de pandemia
España y Estados Unidos
DOI:
https://doi.org/10.19272/202108601007Parole chiave:
Acceso al culto y asistencia religiosa, estado de emergencia, Covid-19Abstract
Como en otros países, los gobiernos de España y Estados Unidos limitaron la asistencia de los ciudadanos a los lugares de culto por la COVID-19. Lo hicieron por razones de salud pública, pero sin respetar siempre otros derechos fundamentales que fueron restringidos de forma unilateral y sin la proporcionalidad debida en un Estado de Derecho. En ciertos casos, las actividades religiosas, consideradas servicios no esenciales, recibieron peor trato que las seculares en similar situación de riesgo o incluso menor. Las confesiones religiosas y los creyentes vieron limitado sustancialmente su libre ejercicio religioso sin que el gobierno hubiera podido probar la existencia de un poderoso interés estatal que no fuera satisfecho por otros medios menos restrictivos.